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El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos de la Provincia informa que se podrá consultar el listado de productores agropecuarios incluidos en el Decreto de Emergencia y/o Desastre Agropecuario 136/2012, y los que estaban pendientes de aprobación del Decreto 22/2012.
Cada contribuyente, según la situación en que se encuentre, se verá beneficiado con la postergación o exención del Impuesto Inmobiliario Rural, según lo que establece la Ley Provincial N°7121.
Aquellos productores que habiendo presentado la Declaración Jurada de Daños, no se encuentren en el listado de cuentas habilitadas, pueden comunicarse a la oficina de Emergencia Agropecuaria del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos, al teléfono 0351-4342092, interno 104, dirigirse a la Secretaría de Agricultura ubicada en la avenida Vélez Sársfield 340 de la ciudad de Córdoba, o concurrir a la Agencia Zonal más cercana a su domicilio.
Áreas involucradas
Cabe recordar que el Decreto 136/2012, rige desde el 28 de febrero de 2012, hasta el 9 de julio del mismo año, para los productores afectados durante el ciclo productivo 2011/2012, que desarrollan su actividad en las siguientes localidades y sus zonas de influencia: Leones, Ballesteros, Bell Ville, Manfredi, Río Segundo, Pascanas, Laborde, y Wenceslao Escalante.
Además, están incluidos en la medida las siguientes pedanías: Cóndores y Molinos del departamento Calamuchita; Villa Nueva de General San Martín; Carnerillo de Juárez Celman; Tegua de Río Cuarto; Castaños, Suburbios y Santa Rosa de Río Primero; Estancia y Candelaria Sur de Río Seco; Arroyo Álvarez de Río Segundo; Libertad, Juárez Celman y san Francisco de San Justo; Caseros del departamento Santa María; Capilla de Rodríguez, Pampayasta Norte y Sur de Tercero Arriba; la pedanía Macha de Totoral; y Dormida y Mercedes de Tulumba.
Fuente: Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos de la Provincia de Córdoba. |